Código de Faltas en Córdoba: vía libre para el abuso policial

Por Mauricio Díaz, desde Córdoba.

Desde el año 1994, en la provincia de Córdoba, está en vigencia el Código de Faltas, que permite la detención de sospechosos en la vía pública según lo considere pertinente el oficial de policía. Los sucesivos gobiernos de Unión por Córdoba, con José Manuel De la Sota a la cabeza, han hecho uso y abuso de este Código, hasta llevarlo al borde de la ilegalidad.






Consultamos sobre el tema al legislador Roberto Birri, quien destaca: “El accionar del gobierno provincial cordobés viene como resabio de los años de neoliberalismo, de la década de los 90, que permite controlar a un sector de la población, aun a pesar de cercenar gran parte de sus derechos”.

En la actualidad, son numerosas las denuncias que ha recibido la policía provincial, sobre malos tratos, o detenciones arbitrarias en la vía pública. La policía se maneja con un amplio abanico de acción, dado por los artículos del Código. A esto hay que agregarle los preconceptos con los que se manejan las autoridades policiales; la orden es evitar que cierto estereotipo de sujeto se acerque al casco céntrico de la ciudad de Córdoba.

Bajo una nueva versión del estudio antropológico criminal (Doctrina Lombrosio), la historia se repite y se sucede en las calles periféricas de Córdoba Capital, siempre sobre un grupo de personas, que ya antes de cruzar un puente o viajar hacia sus trabajos son parados y requisados por la policía.

El legislador Birri promueve una reforma de varios artículos, considera que es necesario un Código de Faltas, pero uno que no lesione los Derechos de la población; por ejemplo, sobre a aquellas personas que se les realiza un pedido de documentación, que es una práctica inherente al procedimiento de calle, el Código de Faltas vigente permite este tipo de práctica y hasta lo sanciona con multa o “arresto de hasta 3 días, a los que en lugar público o abierto al público, existiendo motivos razonables por los que se les exija su identificación, omitiere hacerlo o se negaren a dar los informes necesarios o los dieren falsamente (art. 79).” El Código no especifica sobre cuáles son esos “motivos razonables”, por lo tanto le da poder extremo al efectivo policial, para que queden a su consideración esos “motivos razonables”. En la calle, por ende, el oficial policial, es juez y parte.

Se han hecho varios informes sobre las acciones de la Policía de Córdoba. En algunos casos se complica conseguir datos oficiales sobre detenciones o un detalle sobre en qué situaciones se realizan; ya que la misma policía se resiste a entregar los informes. A partir de ese problema, se tuvo que recurrir a la vía judicial para obtenerlos: el Dr. Horacio Etchichury los obtuvo oficialmente mediante la implementación del mecanismo de acceso a la información (ley 8.803) que estipula un plazo de cuatro semanas para responder a la petición, y que en este caso tardó 11 meses.

Las estadísticas obtenidas revelaron una cifra alarmante: “En Córdoba Capital, la Policía efectuó 37.976 detenciones por el Código de Faltas durante 2010. Un arresto cada 13 minutos. Más allá de esto el número de detenciones aumentó 40% más que en 2009 (27.015)”.

Varios de estos datos son recabados del Informe de la Coordinadora Antirrepresiva en Córdoba. Allí se desprende que el accionar represivo se manifiesta en un doble sentido: el normativo, que tiene su fundamento en leyes, códigos, decretos, etc.; y por otro lado el práctico, manifiesto en las actitudes, modos, acciones y discursos, que se argumentan en lo normativo. Este le da una autoridad a quien ejerce el accionar represivo, una autoridad que tiene que manejar responsablemente. El Código de Faltas legitima social y políticamente la práctica (accionar represivo) que es llevada a cabo mediante la acción policial.

Los más afectados por esta pseudo-legitimidad son sujetos, identidades y territorios marginales. El procedimiento policial se lleva a cabo sobre estos sujetos tipificados por sus identidades y territorios, y no intervienen órdenes formales de autoridades superiores (policiales, políticas, judiciales).

La Coordinadora Antirrepresiva, a principios de 2012, dio a conocer su Informe Anual, sobre el accionar represivo en la provincia, en general; y sobre la ciudad de Córdoba, en particular, donde se lleva a cabo la mitad de las detenciones de la provincia. En el Informe se publica un relevamiento realizado entre abril y agosto de 2011, y saca a la luz datos muy concretos sobre el represivo e ilógico accionar policial bajo la protección del Código de Faltas.

Gran parte de los casos relevados son tomados entre las 12 de mediodía y las 00hs. (el 77,6%) horarios donde se recrudece la circulación por la ciudad de Córdoba. Los procedimientos relevados duraron en promedio 18 minutos. Y siempre o casi siempre apuntan a un perfil de sujeto: varón, mayor de edad. El 91,3% de los demorados fueron varones, de entre unos 18 a 25 años (60,5%). Los varones menores comprenden el 28,9% de los demorados.

El Informe muestra a estos sujetos tipificados o estereotipados por su origen, identidad y territorio, como “grupos-víctima”. Pero al momento de ser abordados por la policía iban solos, sucedió en el 58,3% de los casos. El 93,8% de los casos los procedimientos policiales se realizaron sobre uno o dos personas, y sólo en un caso sobre un grupo de cuatro.

El Código de Faltas es una herramienta neoliberal para mantener un orden y mostrar a la sociedad cordobesa que el gobierno provincial se ocupa de la inseguridad. El tema seguridad se toma políticamente, con una idea de eficiencia y eficacia. Todo ello llevado a corto plazo, sino no sirve, lo cual lo lleva a tocar solamente lo superficial de la cuestión. En cambio tomar la seguridad, en un contexto, estudiarlo y comprenderlo y tomar medidas a largo plazo, permite reparar lo que en el fondo está quebrado. Y lo que está quebrado es el tejido social, el cual fue atacado y desmembrado durante la etapa neoliberal de nuestro país. La contención de jóvenes en la Argentina fue desaparecida: desocupación, narcotráfico, y estigmatización de los pibes. La estigmatización de la sociedad condujo a las fuerzas de seguridad y a políticos a implantar medidas y acciones más fuertes y, por ende, más notorias. Aunque en el mundo se probó que bajar la edad de inimputabilidad no reduce el delito, en varias provincias lo hicieron; aunque en el mundo se probó que aplicar la pena de muerte y el endurecimiento de las penas no funcionaron, aquí todavía se piensa en ello, aunque sea inconstitucional.

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